jueves, 19 de noviembre de 2015

Reformas al Código Penal Dominicano 2015

Publicado por Lic. Warlyn Tavarez
Mediante el decreto ley 2274 el 20 de agosto del año 1844 se puso en vigencia el Código Penal de la República Dominicana que rigió las conductas de los dominicanos durante mas de un siglo, específicamente 130 años, ocasionando esto lo normal que sucede con una norma tan elemental que no recibe las modificaciones correlacionadas con la evolución de la sociedad y el cambio drástico del modo de pensar y actuar de las personas a través del tiempo. La ambigüedad e inutilidad de algunas disposiciones fueron el resultado de esta precariedad legislativa ya que esta vieja pieza legal no respondía eficientemente a las prerrogativas del Ius Puniendis, la facultad sancionadora del Estado y los objetivos principales del derecho penal de prevenir, controlar y reprimir las conductas típicas, antijuridicas y punibles que se presentan en la sociedad actual con sus innovadoras manifestaciones. Ya era hora que se reformara el derecho penal en la República Dominicana, tras 14 años del sometimiento al Congreso Nacional del proyecto reformador el cual el 19 de diciembre del 2014 fue convertido en la ley No. 550-14 como nuevo Código Penal Dominicano que sustituirá el vigente un año después de su publicación en la Gaceta Oficial. 

 Código Penal Dominicano 2015
Esta nueva disposición penal trae consonancia con los principios fundamentales acordes a la constitución vigente en nuestro país. Son múltiples las modificaciones, pero destacaremos las más relevantes como es el aumento de la pena máxima actual de 30 a 40 años y el establecimiento de las multas máximas de 40 a 50 salarios mínimos, corrigiendo las multas obsoletas que establecía el anterior código. La nueva pieza trae una clasificación mas comprensible de las infracciones en graves, menos graves y leves, ayudando a denotar la naturaleza sancionadora de las disposiciones con relación al bien jurídico protegido y a la gravedad de la conducta tipificada considerando sus consecuencias. Una conquista es el establecimiento del delito de feminicidio sancionado con la máxima pena de 40 años en el articulo 100, y el delito de sicariato, también sancionado con la máxima pena a quien ordene cometer el crimen a diferencia del marco actual donde esa persona constituye un cómplice del autor material y recibía la pena inferior.  Se sanciona también la desaparición forzada de persona y ademas establece un cumulo de penas hasta 60 años cuando hay multiplicidad de delitos.

Unos de los puntos mas controversiales de esta reforma es la no exclusión del aborto terapéutico del
delito de aborto penalizado en el articulo 120 y siguientes. También otro punto a enfatizar es la eliminación de las penas  de privación de libertad por  los delitos de difamación e injuria simple.

Hay que destacar la claridad gramatical de las disposiciones de esta novedosa pieza legal, en comparación con las teorías penales planteadas en el anterior texto mucho mas complejo, que ayuda a la interpretación jurídica del texto legal .

Realmente con las reformas al Código Penal Dominicano se actualiza totalmente el derecho penal de la República Dominicana y se demuestra la lucha contra el crimen organizado, dando un espaldarazo a las luchas contra  las malas interpretaciones, las lagunas y ambigüedades jurídicas.

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